La Comisión Europea ha aprobado hoy el registro de 17 variedades derivadas del maíz MON 810 en el Catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas de la UE. Este tipo de maíz está autorizado en virtud de la legislación comunitaria sobre OMG desde 1998. El Catálogo común se compila a partir de los catálogos nacionales de los Estados miembros e incluye unas 30 000 variedades. Una vez que se registra correctamente una variedad de semilla en un catálogo nacional, la Comisión recibe la notificación y la solicitud del registro de la variedad en el Catálogo común mediante su publicación en el Diario Oficial. Las semillas de variedades registradas en el Catálogo común pueden comercializarse en toda la UE y las semillas de variedades registradas en los catálogos nacionales, sólo en el mercado del país de que se trate.
David Byrne, Comisario de Sanidad y Protección de los Consumidores, ha declarado: «El registro en el Catálogo de semillas de la UE resulta lógico una vez que se ha efectuado ya la actualización del marco reglamentario comunitario sobre OMG. Se ha comprobado meticulosamente que este maíz es seguro para la salud humana y el medio ambiente. Lleva cultivándose años en España sin que se conozcan problemas. Se etiquetará claramente como maíz modificado genéticamente de manera que los agricultores puedan elegir».
Con el registro de las variedades de MON 810, pasan a formar parte por primera vez del Catálogo común variedades modificadas genéticamente. Éstas sólo se pueden registrar previa evaluación y autorización de conformidad con la legislación sobre OMG[1] . El maíz MON 810 se aprobó en la UE en 1998. 17 variedades de maíz derivadas de MON 810 figuran en catálogos nacionales: 6 en Francia y 11 en España. De acuerdo con la Directiva 2001/18/CE, Monsanto, la empresa titular de la autorización de MON 810, presentó un plan de seguimiento que mereció una evaluación positiva por parte del Comité científico de las plantas y que aprobaron los Estados miembros en seno del Comité de reglamentación. Las variedades de MON 810 se someterán a los requisitos de etiquetado y trazabilidad según lo dispuesto en la nueva normativa sobre OMG.
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